Portada - Tramitar una baja por maternidad o paternidad

Saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad es fundamental para cobrar correctamente la prestación y organizar el periodo de descanso después de un nacimiento, una adopción, una guarda con fines de adopción o un acogimiento familiar.

Aunque habitualmente se sigue hablando de baja por maternidad y baja por paternidad, desde 2019 ambas se encuentran unificadas bajo la denominación oficial de prestación por nacimiento y cuidado de menor.

Actualmente, cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad depende de la situación laboral de cada progenitor, de los periodos que quiera disfrutar y de si la solicitud se presenta por internet, presencialmente o por correo.

En 2026 también debe tenerse en cuenta la ampliación del permiso hasta las 19 semanas para cada progenitor y hasta las 32 semanas en las familias monoparentales.

En esta guía explicamos cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad paso a paso, qué documentación debe presentarse, cuánto se cobra y cómo pueden distribuirse las semanas.

Contenido actualizado el 27 de agosto de 2026 conforme a la información publicada por la Seguridad Social y al Real Decreto-ley 9/2025.

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Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad: denominación oficial

Antes de explicar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, es importante conocer el nombre oficial de la prestación.

Desde el 1 de abril de 2019, las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad están unificadas en una única prestación denominada nacimiento y cuidado de menor.

Esta prestación protege los periodos de descanso derivados de:

  • Nacimiento de un hijo o hija.
  • Adopción.
  • Guarda con fines de adopción.
  • Acogimiento familiar.
  • Determinadas situaciones especiales relacionadas con el nacimiento.

Por tanto, al buscar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad en la sede de la Seguridad Social, el procedimiento aparecerá como prestación por nacimiento, adopción y cuidado de menor.

Quién puede tramitar una baja por maternidad o paternidad

Pueden solicitar esta prestación las personas trabajadoras por cuenta ajena o por cuenta propia, cualquiera que sea su sexo, siempre que cumplan los requisitos.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad debe diferenciarse entre:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Autónomos.
  • Empleados públicos.
  • Trabajadores del Régimen Especial del Mar.
  • Personas en situación de desempleo.
  • Personas que no reúnen la cotización mínima.

Los dos progenitores pueden generar un derecho individual. Los periodos correspondientes a cada uno no pueden transferirse al otro, salvo las reglas específicas aplicables en caso de fallecimiento de uno de los progenitores.

Requisitos para tramitar una baja por maternidad o paternidad

Para entender cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad deben revisarse tres requisitos fundamentales.

Estar afiliado y en alta

La persona solicitante debe encontrarse afiliada y en alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social cuando comienza cada periodo de descanso.

Acreditar la cotización mínima

El periodo mínimo exigido depende de la edad de la persona trabajadora.

Edad en la fecha del hecho causanteCotización necesaria
Menos de 21 añosNo se exige cotización mínima
Desde 21 hasta menos de 26 años90 días dentro de los 7 años anteriores o 180 días durante toda la vida laboral
26 años o más180 días dentro de los 7 años anteriores o 360 días durante toda la vida laboral

Los trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos también pueden acceder a la prestación. Para comprobar el periodo exigido se tienen en cuenta los periodos durante los que hayan permanecido de alta.

Estar al corriente en las cuotas

Este requisito afecta especialmente a los autónomos y a otras personas responsables directas del pago de sus cotizaciones.

La Seguridad Social puede utilizar el mecanismo de invitación al pago cuando exista una deuda que pueda regularizarse.

Los requisitos actualizados pueden consultarse en la información oficial sobre la prestación por nacimiento y cuidado de menor de la Seguridad Social.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad sin cotización suficiente

Una persona que no alcanza la cotización mínima no siempre queda completamente desprotegida.

Si cumple los demás requisitos, puede acceder al subsidio no contributivo por nacimiento y cuidado de menor.

Por eso, al estudiar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad debe comprobarse si corresponde:

  • La prestación contributiva ordinaria.
  • El subsidio no contributivo.
  • Otra ayuda relacionada con la situación familiar.

La cuantía del subsidio no contributivo es, con carácter general, equivalente al 100 % del IPREM vigente, salvo que la base reguladora correspondiente sea inferior.

Su duración se corresponde con el periodo obligatorio e ininterrumpido inmediatamente posterior al nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. En determinados casos puede ampliarse 14 días naturales.

Cuánto dura la baja por maternidad o paternidad en 2026

Desde el 31 de julio de 2025, la duración general de la prestación es de 19 semanas para cada progenitor, adoptante, guardador o acogedor.

En familias monoparentales, la duración es de 32 semanas.

Esta ampliación es uno de los aspectos más importantes al analizar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad durante 2026.

La distribución general es la siguiente:

PeriodoFamilias con dos progenitoresFamilias monoparentales
Periodo obligatorio inmediatamente posterior6 semanas6 semanas
Periodo flexible hasta los 12 meses11 semanas22 semanas
Periodo flexible hasta que el menor cumpla 8 años2 semanas4 semanas
Total19 semanas32 semanas

Esta duración está regulada por el Real Decreto-ley 9/2025 y recogida en la información actualizada de la Seguridad Social. Real Decreto-ley 9/2025 en el BOE

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad durante las primeras seis semanas

Las primeras seis semanas deben disfrutarse:

  • Inmediatamente después del nacimiento o de la resolución correspondiente.
  • De forma ininterrumpida.
  • A jornada completa.
  • Obligatoriamente por cada progenitor.

Estas semanas buscan proteger la recuperación y garantizar el cuidado inicial del menor.

Al estudiar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, debe tenerse en cuenta que las primeras seis semanas no pueden aplazarse ni sustituirse por trabajo a tiempo parcial.

La madre biológica puede anticipar el comienzo del descanso hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista para el parto.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad con semanas interrumpidas

Después de las seis semanas obligatorias, las 11 semanas siguientes pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida.

Pueden utilizarse desde el final del periodo obligatorio hasta que el menor cumpla 12 meses.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad de forma interrumpida deben respetarse estas reglas:

  • Los periodos deben disfrutarse por semanas completas.
  • La empresa debe recibir un preaviso mínimo de 15 días.
  • Cada periodo debe solicitarse correctamente.
  • El disfrute a tiempo parcial requiere acuerdo con la empresa.
  • La solicitud debe ajustarse a las fechas comunicadas.

Cuando ambos progenitores trabajan en la misma empresa, esta puede limitar el disfrute simultáneo por razones objetivas y justificadas. La decisión deberá comunicarse por escrito.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad hasta los ocho años

De las 19 semanas, dos pueden disfrutarse de manera flexible hasta que el hijo o hija cumpla ocho años.

En familias monoparentales, este periodo es de cuatro semanas.

Estas semanas pueden disfrutarse:

  • De forma acumulada.
  • En periodos interrumpidos.
  • Por semanas completas.
  • A tiempo completo.
  • A tiempo parcial si existe acuerdo con la empresa.

Al plantearse cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad con estas semanas adicionales, el trabajador debe comunicar con antelación las fechas a la empresa y presentar la correspondiente solicitud ante el INSS.

Aplicación retroactiva de las semanas adicionales

Las dos semanas flexibles hasta los ocho años también se reconocen para nacimientos, adopciones, guardas o acogimientos producidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025.

En estos casos, pueden solicitarse desde el 1 de enero de 2026.

Esta regla es especialmente importante para quienes buscan cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad durante 2026 aunque el nacimiento se haya producido en 2024 o durante la primera mitad de 2025.

No se reconocen automáticamente. La persona interesada debe solicitar el periodo y la prestación correspondiente.

Cómo comunicar la baja por maternidad o paternidad a la empresa

El primer paso consiste en informar a la empresa.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad correctamente, conviene realizar una comunicación por escrito que permita acreditar:

  • Fecha del nacimiento o hecho causante.
  • Fecha de inicio del descanso.
  • Periodo que se va a disfrutar.
  • Previsión inicial de distribución.
  • Solicitud de disfrute a tiempo completo o parcial.
  • Semanas interrumpidas que se quieran utilizar.

En las seis semanas inmediatamente posteriores al nacimiento no será necesario negociar las fechas, ya que son obligatorias.

Para los periodos voluntarios posteriores debe respetarse un preaviso mínimo de 15 días, salvo que el convenio colectivo establezca otro plazo.

La empresa debe enviar al INSS el certificado empresarial correspondiente, en el que consta la fecha de inicio del descanso y la información necesaria para calcular la prestación.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad por internet

La forma más rápida de solicitar la prestación es mediante el portal Tu Seguridad Social.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad online deben seguirse estos pasos:

  1. Acceder al portal de prestaciones de la Seguridad Social.
  2. Identificarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  3. Seleccionar la prestación por nacimiento, adopción y cuidado de menor.
  4. Comprobar los datos personales.
  5. Indicar el hecho causante.
  6. Introducir las fechas del periodo solicitado.
  7. Facilitar la cuenta bancaria.
  8. Adjuntar la documentación requerida.
  9. Revisar la solicitud.
  10. Firmar y registrar el trámite.
  11. Descargar el justificante de presentación.

La Seguridad Social ofrece acceso directo al servicio de solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado de menor.

Es recomendable conservar tanto el justificante como una copia de todos los documentos adjuntados.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad sin certificado digital

No disponer de certificado digital o Cl@ve no impide realizar el trámite.

La Seguridad Social permite presentar solicitudes mediante su plataforma de trámites sin certificado.

Para entender cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad por este sistema, la persona solicitante debe:

  • Introducir sus datos personales.
  • Facilitar una dirección de correo electrónico.
  • Adjuntar una fotografía o documento de identificación cuando se solicite.
  • Incorporar el formulario y los justificantes.
  • Confirmar el envío.
  • Guardar el código de seguimiento.

También puede utilizarse el acceso mediante SMS si el teléfono móvil se encuentra actualizado en la base de datos de la Seguridad Social y el servicio concreto ofrece esta posibilidad.



Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad presencialmente

La prestación también puede solicitarse en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad presencialmente, debe solicitarse cita previa y acudir con:

  • Formulario cumplimentado.
  • Documento de identidad.
  • Documentación del nacimiento, adopción o acogimiento.
  • Certificado de empresa si no se ha enviado telemáticamente.
  • Número de cuenta bancaria.
  • Documentos adicionales correspondientes.

Es recomendable llevar los documentos originales y una copia cuando resulte necesario.

La presentación presencial puede ser útil si existen circunstancias especiales, errores en los datos o dificultades para identificar al menor.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad por correo

Otra posibilidad es enviar la solicitud por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS correspondiente.

En el caso de trabajadores incluidos en el Régimen Especial del Mar, la solicitud debe dirigirse al Instituto Social de la Marina.

Al analizar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad por correo, debe prestarse especial atención a:

  • Firmar el formulario.
  • Incluir todas las páginas.
  • Adjuntar la documentación.
  • Indicar correctamente el domicilio.
  • Facilitar un teléfono y un correo electrónico.
  • Conservar una copia del envío.

La ausencia de un documento puede retrasar la resolución y obligar a atender un requerimiento posterior.

Documentación para tramitar una baja por maternidad o paternidad

Con carácter general, se necesita:

  • Formulario oficial de solicitud.
  • DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante.
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio del descanso.
  • Número de cuenta bancaria del beneficiario.
  • Documentación específica del hecho causante.

La Seguridad Social indica que el certificado de empresa no tendrá que aportarse cuando ya haya sido enviado electrónicamente.

La documentación concreta para cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad dependerá de si se trata de un nacimiento, una adopción o un acogimiento.

Documentos necesarios en caso de nacimiento

En caso de nacimiento pueden solicitarse:

  • Informe de maternidad del Servicio Público de Salud.
  • Certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
  • Libro de Familia, cuando proceda.
  • Certificado de empresa.
  • Documentación sobre hospitalización del recién nacido.
  • Certificado de discapacidad.
  • Acreditación de familia monoparental, cuando corresponda.
  • Resoluciones necesarias en situaciones especiales.

Actualmente, parte de la información puede ser consultada directamente por la Administración. No obstante, al estudiar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad conviene comprobar qué documentos aparecen como obligatorios durante la solicitud.

Documentos necesarios en adopción o acogimiento

En los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento pueden solicitarse:

  • Resolución judicial que constituya la adopción.
  • Resolución administrativa o judicial de guarda o acogimiento.
  • Certificado de inscripción en el Registro Civil.
  • Libro de Familia, cuando corresponda.
  • Certificado de empresa.
  • Documentación de desplazamiento en adopciones internacionales.
  • Acreditaciones especiales sobre el menor.

Cuando sea necesario viajar previamente al país de origen del menor, el periodo puede comenzar hasta cuatro semanas antes de la resolución de adopción.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad siendo autónomo

Los autónomos también tienen derecho a la prestación si están en alta, cumplen la cotización mínima y se encuentran al corriente del pago de sus cuotas.

Para entender cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad siendo autónomo hay que considerar algunas particularidades:

  • Debe comunicarse el cese temporal de la actividad.
  • La solicitud se presenta ante el INSS.
  • Debe aportarse una declaración sobre la situación de la actividad cuando corresponda.
  • El disfrute parcial solo puede realizarse reduciendo la actividad en un 50 %.
  • Deben controlarse las obligaciones de cotización.
  • No puede mantenerse la actividad ordinaria durante el descanso completo.

Trabajar durante los periodos reconocidos puede provocar la suspensión o pérdida de la prestación, salvo en los supuestos de disfrute parcial admitidos.

Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad estando en desempleo

Si una persona está cobrando la prestación contributiva por desempleo y comienza el periodo por nacimiento y cuidado de menor, debe comunicarlo al SEPE y solicitar la prestación al INSS.

El procedimiento general es:

  1. Solicitar al SEPE la suspensión de la prestación por desempleo.
  2. Obtener la documentación correspondiente.
  3. Solicitar al INSS la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
  4. Cobrar esta prestación durante el periodo reconocido.
  5. Solicitar la reanudación del desempleo cuando finalice.

Durante este tiempo no se consumen los días pendientes de la prestación contributiva por desempleo.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad estando desempleado debe distinguirse entre cobrar la prestación contributiva y percibir un subsidio, porque los efectos pueden ser diferentes.

Cuánto se cobra durante la baja

La prestación contributiva equivale al 100 % de la base reguladora correspondiente.

Para trabajadores por cuenta ajena, la base se calcula generalmente utilizando la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al hecho causante.

Cuando el trabajador haya sido contratado recientemente, se aplican reglas específicas.

Ejemplo de cálculo

Una trabajadora tiene una base reguladora diaria de 70 euros.

Si disfruta 30 días de prestación:

70 euros × 30 días = 2.100 euros

La cantidad mensual puede variar según el número de días reconocidos y las reglas utilizadas para calcular la base.

Al estudiar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad debe consultarse la base de cotización, no únicamente el salario neto habitual.

Cómo se calcula la prestación de los autónomos

Para un autónomo, la cuantía diaria se obtiene, con carácter general, dividiendo entre 180 la suma de las bases de cotización acreditadas durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante.

La fórmula simplificada es:

Suma de las bases de los seis meses ÷ 180

El resultado es la base reguladora diaria sobre la que se aplica el 100 %.

Por tanto, cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad siendo autónomo también requiere revisar las bases por las que se ha cotizado durante los meses anteriores.

Una subida de la base realizada inmediatamente antes del nacimiento no siempre producirá el incremento esperado, ya que se utiliza un periodo de referencia.

Quién paga la baja por maternidad o paternidad

La prestación no la abona directamente la empresa.

El pago corresponde:

  • Al Instituto Nacional de la Seguridad Social con carácter general.
  • Al Instituto Social de la Marina para los trabajadores incluidos en su ámbito.

La empresa suspende el contrato y deja de pagar el salario correspondiente al periodo cubierto, sin perjuicio de mejoras establecidas por convenio colectivo.

Este punto es importante al explicar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, ya que el trabajador debe facilitar al INSS una cuenta bancaria de la que sea titular.

Ampliaciones de la baja por maternidad o paternidad

La duración puede ampliarse en determinados casos.

Nacimiento, adopción o acogimiento múltiple

Se añade una semana para cada progenitor por cada hijo o menor a partir del segundo.

Discapacidad del menor

Se reconoce una semana adicional para cada progenitor.

Cuando existe un único progenitor, este puede disfrutar las ampliaciones completas previstas.

Hospitalización del recién nacido

En nacimientos prematuros con bajo peso o cuando el recién nacido permanece hospitalizado durante más de siete días, la suspensión puede ampliarse por los días de hospitalización, hasta un máximo de 13 semanas adicionales.

Al plantearse cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad con ampliación, deben adjuntarse los informes médicos y la documentación acreditativa.

Disfrute a tiempo parcial

Las semanas no obligatorias pueden disfrutarse a tiempo parcial si existe acuerdo entre la empresa y el trabajador.

La reducción debe reflejarse correctamente y la prestación se amplía proporcionalmente.

Por ejemplo, una semana de permiso a jornada completa podría convertirse en dos semanas con una reducción del 50 %, cuando se cumplan las condiciones.

Para saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad a tiempo parcial debe presentarse el acuerdo con la empresa y comunicar la distribución exacta.

Los autónomos solo pueden acceder al disfrute parcial mediante una reducción de la actividad del 50 %.

Qué ocurre si ambos progenitores trabajan en la misma empresa

Los dos trabajadores mantienen su derecho individual a la prestación.

No obstante, la empresa puede limitar el disfrute simultáneo de las semanas voluntarias cuando existan razones fundadas y objetivas de funcionamiento.

La limitación:

  • Debe estar motivada.
  • Debe comunicarse por escrito.
  • No puede afectar a las seis semanas obligatorias.
  • No puede eliminar el derecho.
  • Debe permitir una alternativa de disfrute.

Esta circunstancia debe tenerse en cuenta al organizar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad cuando ambos progenitores pertenecen a la misma plantilla.

Protección frente al despido

El nacimiento y el ejercicio de los permisos asociados cuentan con una protección laboral reforzada.

Un despido relacionado con el embarazo, el nacimiento o el disfrute del permiso puede declararse nulo, salvo que la empresa acredite una causa procedente y completamente ajena al ejercicio de estos derechos.

La protección no significa que cualquier despido resulte automáticamente imposible, pero obliga a analizar cuidadosamente la causa y el procedimiento.

La empresa no puede perjudicar al trabajador por preguntar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, solicitarla o disfrutarla.

Qué ocurre con las vacaciones

Si las vacaciones coinciden con el permiso por nacimiento y cuidado de menor, el trabajador puede disfrutarlas en otro momento, aunque haya terminado el año natural al que correspondan.

Las vacaciones no se pierden por haber disfrutado la prestación.

Al planificar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad conviene revisar:

  • Vacaciones pendientes.
  • Fecha prevista de reincorporación.
  • Semanas voluntarias no disfrutadas.
  • Posibles permisos de lactancia.
  • Solicitudes de adaptación o reducción de jornada.

La baja por nacimiento y las vacaciones son derechos diferentes y no deben descontarse entre sí.

Tramitar una baja por maternidad o paternidad
Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad

Diferencia con el permiso parental de ocho semanas

La prestación por nacimiento y cuidado de menor no debe confundirse con el permiso parental.

El permiso parental permite ausentarse para cuidar a un hijo o menor acogido durante un máximo de ocho semanas hasta que cumpla ocho años.

Se trata de un derecho distinto de las 19 semanas de nacimiento y cuidado.

Por tanto, al buscar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad deben diferenciarse:

  • Las 19 semanas retribuidas por nacimiento y cuidado.
  • Las dos semanas flexibles incluidas dentro de esas 19.
  • El permiso parental de hasta ocho semanas.
  • El permiso de lactancia.
  • La reducción de jornada.
  • La adaptación de la jornada.

Cada medida tiene sus propios requisitos y efectos económicos.

Cómo saber si la prestación está aprobada

La Seguridad Social envía las resoluciones y comunicaciones por medios electrónicos.

El solicitante puede consultar:

  • Notificaciones telemáticas.
  • Estado del expediente.
  • Prestaciones reconocidas.
  • Periodos aprobados.
  • Importe estimado.
  • Cuenta de pago.

Después de completar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, debe revisarse periódicamente el expediente por si el INSS solicita documentación adicional.

No atender un requerimiento puede retrasar la resolución o provocar el archivo de la solicitud.

Errores frecuentes al tramitar una baja por maternidad o paternidad

Utilizar fechas diferentes a las comunicadas por la empresa

El certificado empresarial y la solicitud deben coincidir.

Pensar que las 19 semanas deben disfrutarse seguidas

Solo las seis primeras son obligatorias e ininterrumpidas.

No respetar el preaviso

Las semanas posteriores deben comunicarse a la empresa con al menos 15 días de antelación, salvo otra previsión del convenio.

No solicitar las dos semanas adicionales

Las semanas flexibles hasta los ocho años no se activan necesariamente de forma automática.

Confundir la baja con el permiso parental

Son derechos distintos.

Trabajar durante el descanso completo

Puede provocar la suspensión o pérdida de la prestación.

No comprobar la cotización del autónomo

Las deudas pueden retrasar o impedir el reconocimiento hasta su regularización.

Presentar documentación incompleta

Un certificado o una resolución ausente puede retrasar el expediente.

No guardar el justificante

Después de realizar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad debe conservarse el número de registro.

Reincorporarse antes de finalizar el periodo solicitado

La reincorporación voluntaria anticipada puede extinguir el derecho al periodo pendiente, salvo las reglas previstas para el disfrute interrumpido correctamente comunicado.

Pasos resumidos para tramitar una baja por maternidad o paternidad

El procedimiento puede resumirse así:

  1. Comunicar el nacimiento o situación protegida a la empresa.
  2. Acordar, cuando sea necesario, las semanas voluntarias.
  3. Confirmar que la empresa envía el certificado al INSS.
  4. Reunir la documentación.
  5. Acceder a la sede de la Seguridad Social.
  6. Cumplimentar la solicitud.
  7. Indicar las fechas exactas.
  8. Facilitar una cuenta bancaria.
  9. Adjuntar los justificantes.
  10. Registrar la solicitud.
  11. Guardar el comprobante.
  12. Revisar las notificaciones.
  13. Responder a posibles requerimientos.
  14. Comunicar con antelación los periodos posteriores.

Seguir estos pasos facilita cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad sin errores en las fechas ni retrasos innecesarios.

Conclusión

Saber cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad permite cobrar correctamente la prestación y organizar los periodos de cuidado de acuerdo con las necesidades familiares.

En 2026, la duración general es de 19 semanas para cada progenitor y de 32 semanas en las familias monoparentales. Las seis primeras deben disfrutarse obligatoriamente después del nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.

Las semanas restantes pueden distribuirse con mayor flexibilidad. Once pueden utilizarse durante los primeros 12 meses y otras dos hasta que el menor cumpla ocho años.

Para completar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad es necesario coordinar la comunicación con la empresa y la solicitud ante el INSS. También deben comprobarse la cotización, la documentación y las fechas.

En Allges ayudamos a trabajadores, autónomos y empresas a gestionar cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad, preparar la documentación laboral y comunicar correctamente los periodos de descanso. Una tramitación adecuada evita retrasos en el cobro y errores en los seguros sociales.

FAQ´s

¿Cómo se llama actualmente la baja de maternidad y paternidad?

Su denominación oficial es prestación por nacimiento y cuidado de menor. Desde 2019 unifica las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad.

¿Cuántas semanas corresponden en 2026?

Corresponden 19 semanas para cada progenitor y 32 semanas cuando existe una familia monoparental.

¿Las 19 semanas deben disfrutarse seguidas?

No. Las primeras seis semanas son obligatorias e ininterrumpidas. Las demás pueden disfrutarse en periodos semanales dentro de los límites establecidos.

¿Cómo tramitar una baja por maternidad o paternidad por internet?

Puede solicitarse en Tu Seguridad Social mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. También existe un sistema para presentar la solicitud sin certificado.

¿Cuánto se cobra?

La prestación contributiva equivale al 100 % de la base reguladora correspondiente.

¿Quién paga la prestación?

La paga directamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, según el régimen aplicable.

¿Puede solicitarla un autónomo?

Sí. Debe estar de alta, acreditar la cotización mínima y encontrarse al corriente del pago de las cuotas.

¿Se puede disfrutar a media jornada?

Las semanas no obligatorias pueden disfrutarse a tiempo parcial si existe acuerdo con la empresa. Los autónomos pueden reducir su actividad en un 50 %.

¿Cuánto tiempo antes hay que avisar a la empresa?

Para las semanas voluntarias debe darse un preaviso mínimo de 15 días, salvo que el convenio colectivo establezca otro plazo.

¿Qué ocurre si no tengo cotización suficiente?

Puede existir derecho al subsidio no contributivo si se cumplen los restantes requisitos.

¿Se pierden las vacaciones?

No. Si coinciden con la prestación, pueden disfrutarse posteriormente.

¿Las dos semanas hasta los ocho años se pagan?

Sí. Forman parte de la prestación por nacimiento y cuidado de menor y cuentan con cobertura económica cuando se solicitan correctamente.

¿Puedo solicitar en 2026 las semanas por un hijo nacido en 2024?

Las dos semanas adicionales pueden solicitarse desde el 1 de enero de 2026 cuando el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento se produjo entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025.

¿La empresa puede negarse al permiso?

No puede negar las semanas obligatorias. En determinados casos puede limitar el disfrute simultáneo de semanas voluntarias cuando ambos progenitores trabajen en la misma empresa, pero debe justificarlo por escrito.

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