El Modelo 720 surge como solución y prevención contra los fraudes fiscales. Se aprobó el 29 de Octubre de 2012 como modificación de la normativa tributaria y presupuestaria.
A continuación se detalla todo lo que necesitas saber sobre este modelo, qué es y a quién le afecta.
Los residentes fiscales de España deben informar sobre los bienes y derechos que poseen en el extranjero presentando el Modelo 720. Este modelo se conoce como una declaración informativa obligatoria en el país en el que resides.
Esta obligación se le aplica a aquellas personas físicas y jurídicas que poseen activos fuera de su país de residencia, en este caso España, cuyo valor en conjunto sume más de 50.000 euros o si al año siguiente la suma ha superado los 20.000 euros con respecto al año anterior.
Deberás informar a la Hacienda Española sobre tus bienes y derechos localizados en el extranjero si has residido más de 183 días seguidos durante un año natural en España.
¿Qué bienes hay que declarar en el Modelo 720?
Cuentas bancarias en el extranjero
Bienes inmuebles como viviendas, propiedades, terrenos, locales o derechos sobre estos
Participaciones significativas en empresas o entidades extranjeras
Valores, Derechos y Seguros así como acciones, bonos, seguros de vida, etc.
Por el cumplimiento imperfecto o incumplimiento se sanciona con una multa proporcional del 150% sobre las cantidades correspondientes al valor de los bienes y derechos ajenos.
¿Cuándo y cómo se presenta?
La obligación de presentar el Modelo 720 afecta a aquellas personas que contribuyen en España y que además tienen bienes o derechos en el extranjero.
El plazo de presentación es desde el 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiera la información declarada. Por ejemplo, si tienes que declarar los bienes de 2025, el plazo que tienes es hasta el 31 de marzo de 2026.
La modalidad para presentar este modelo puede ser por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, haciendo uso del certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve PIN.
Para empezar el trámite del Modelo 720 en la AEAT, Agencia Estatal de Administración Tributaria, se pueden elegir uno de los dos métodos que hay para rellenar este modelo tributario. Puede ser mediante fichero o formulario.
Presentación mediante fichero
Este tipo de presentación te permite crear un documento con los datos de los bienes y derechos a declarar y está pensado para aquellos declarantes que tengan un gran volumen de datos. No obstante, hay que tener en cuenta que el fichero que se presente debe estar ajustado al diseño que te exige la Agencia Tributaria.
Una vez se hayan introducido las credenciales de acceso, se debe añadir el NIF del declarante y verificar que en los campos «Ejercicio» y «Modelo» aparecen por defecto el año correspondiente y 720, de forma respectiva. Cuando finalizas el proceso de manera correcta, podrás descargarte un justificante de la presentación de este modelo.

Presentación mediante formulario
Para la presentación mediante formulario del Modelo 720, en el que se pueden introducir hasta 40.000 registros, primero debes introducir el DNI electrónico o Cl@ve para poder acceder al formulario.
Después podrás añadir la información personal de la persona que declara y también los registros sobre los bienes y derechos que tenga el declarante en el extranjero. Una vez finalizado el proceso exitosamente, podrás obtener un comprobante de dicha presentación.

¿Quién debe presentarlo?
Están obligados a presentar el Modelo 720:
- Personas físicas y jurídicas que residan en España, incluyendo establecimientos permanentes, comunidades de bienes, entidades sin personalidad jurídica que formen una unidad económica y herencias yacentes.
- Representantes, Beneficiarios o Autorizados de cuentas o bienes en el extranjero.
- Titulares reales de bienes o derechos que se sitúen fuera del país de resudencia.
¿Tienes alguna duda sobre cómo te afecta o sobre cómo presentar el Modelo 720? ¡NO DUDES EN CONTACTAR CON NOSOTROS PARA RESOLVER TUS DUDAS!