Imagen de portada con título: "Gestión del Recargo de Equivalencia".

¿Qué es el Recargo de Equivalencia?

Imagen en la cual aparecen dos personas en una farmacia, simulando un acto de compraventa. En la imagen podemos observar una estantería llena de medicamentos.
Esta segunda imagen representa el otro ejemplo que acabamos de mencionar. Es una tienda de ropa. Se puede observas un perchero con una gran variedad de prendas.

¿A quién se le aplica el Recargo de equivalencia?

Tipos de Recargo de Equivalencia

Imagen con una tabla sobre los tipos impositivos del IVA y el recargo de equivalencia correspondiente.
Para el tipo general de 21%, se hará un recargo del 5,20%. Para el tipo reducido del 10%, se aplicará un 1,40% de recargo. Por último, para el tipo impositivo superreducido, se aplicará un recargo del 0,50%. Además, se menciona la excepción del tabaco, que a pesar de tener un tipo general, le corresponde un recargo del 1,75% debido a su naturaleza y su alta fiscalidad en España.
¿Es compatible deducir el IVA de gastos con el Recargo de Equivalencia?

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