Las facturas recibidas tarde plantean una duda habitual al preparar el modelo 303: ¿hay que incluirlas en el trimestre de la fecha que aparece en el documento, en el trimestre en que llegaron o en aquel en que se registran?
La respuesta exige reconstruir las fechas. Con carácter general, el IVA puede deducirse en el período en que se recibe la factura, si ya se ha producido el devengo y se cumplen los requisitos, o en períodos posteriores dentro del plazo legal. La fecha de expedición, por sí sola, no determina la declaración del destinatario.
Para gestionar las facturas recibidas tarde también hay que diferenciar la recepción por la empresa de su entrega a la asesoría. Ese traslado interno puede producirse semanas después sin cambiar cuándo se recibió realmente el documento.
En esta entrada analizamos las facturas recibidas tarde mediante tres casos comparables, centrados en expedición, recepción y registro. Los ejemplos corresponden a compras interiores en régimen general, con IVA íntegramente deducible, declaraciones trimestrales y sin aplicación del Suministro Inmediato de Información (SII).
La regla que permite elegir el trimestre de deducción
En las facturas recibidas tarde, la Ley del IVA distingue entre el nacimiento del derecho a deducir y el momento en que puede ejercitarse.
El artículo 98 sitúa, con carácter general, el nacimiento del derecho en el devengo. El artículo 99 permite ejercerlo en el período en que se soportan las cuotas deducibles o en los siguientes, dentro de los cuatro años desde su nacimiento. A estos efectos, las cuotas se consideran soportadas cuando se recibe la factura; si el devengo es posterior, habrá que esperar a ese momento. BOE: artículos 98 y 99 de la Ley del IVA.
Aplicado a las facturas recibidas tarde, esto significa que una factura de marzo recibida por primera vez en abril no permite anticipar la deducción al primer trimestre por el mero hecho de llevar fecha de marzo.
Además, para ejercitar la deducción debe disponerse del justificante adecuado y cumplir la obligación de anotación en el libro registro de facturas recibidas. AEAT: requisitos para deducir el IVA.

Qué significa cada fecha
Revisar las facturas recibidas tarde resulta más sencillo cuando cada fecha tiene una función diferenciada.
| Fecha | Qué identifica | Cómo influye en la deducción |
|---|---|---|
| Expedición | Cuándo emitió la factura el proveedor | Identifica el documento, pero no acredita por sí sola cuándo lo recibió el cliente |
| Recepción | Cuándo recibió la factura el empresario o profesional destinatario | Marca, en la regla general y si ya existe devengo, el primer período en que puede ejercerse la deducción |
| Registro | Cuándo y para qué período se incorpora al libro de facturas recibidas | Permite comprobar la anotación necesaria y su correspondencia con la autoliquidación |
| Devengo | Cuándo se produce la operación a efectos del IVA | Determina generalmente el nacimiento del derecho y el inicio del plazo de cuatro años |
Fecha de expedición: conservar la original
Las facturas recibidas tarde mantienen su fecha de expedición. Recibir en abril una factura emitida en marzo no obliga a pedir al proveedor que cambie el documento para que coincida con el trimestre de deducción.
La fecha de la operación también debe conservarse cuando sea distinta y figure en la factura. El sistema de registro debe permitir identificar esos datos sin sustituirlos por la fecha en que se introduce el archivo.
Fecha de recepción: comprobar la llegada real
En las facturas recibidas tarde, esta fecha puede acreditarse mediante el correo de entrega, un registro de entrada o las evidencias disponibles en una plataforma de intercambio documental.
No debe sustituirse automáticamente por el día en que alguien abrió el PDF, lo escaneó o lo reenvió a la asesoría. Hay que comprobar cuándo se recibió por el canal utilizado y conservar una explicación coherente con las pruebas.
Fecha de registro: distinguir la anotación del período fiscal
Para las facturas recibidas tarde, el día material en que se completa el libro no siempre coincide con el trimestre al que se refiere la anotación. Durante abril puede terminarse el registro correspondiente al primer trimestre antes de presentar su liquidación, respetando los plazos aplicables.
El artículo 69 del Reglamento del IVA regula las anotaciones y exige que las operaciones estén registradas al liquidar el impuesto, con el límite del plazo legal correspondiente. También establece la anotación de las facturas recibidas por orden de recepción y dentro del período en que proceda su deducción. BOE: artículo 69 del Reglamento del IVA.
Esta distinción evita asignar automáticamente al segundo trimestre todas las facturas que se introducen durante el cierre de abril. Deben comprobarse la recepción, el período de anotación y el estado de la declaración.
Tres casos: misma duda, distinto trimestre
Para comparar las facturas recibidas tarde utilizamos tres servicios relacionados íntegramente con la actividad. Las facturas son correctas, las cuotas no se han deducido antes y no existen circunstancias especiales que alteren la regla general.
| Caso | Expedición | Recepción por la empresa | Registro y situación | Deducción planteada |
|---|---|---|---|---|
| 1. Recibida en marzo y registrada durante el cierre | 25/03/2026 | 27/03/2026 | 08/04/2026, incorporada al libro del primer trimestre antes de presentar el 303 en plazo | Primer trimestre de 2026 |
| 2. Emitida en marzo, recibida en abril | 31/03/2026 | 06/04/2026 | 08/04/2026, incorporada al segundo trimestre | Segundo trimestre de 2026 |
| 3. Recibida en diciembre, entregada a la asesoría en julio | 15/12/2025 | 16/12/2025 | Omitida; se registra el 13/07/2026 para deducirla en el tercer trimestre | Tercer trimestre de 2026, dentro del plazo legal |
La tabla muestra una vía válida de deducción en cada supuesto. En los casos en que la ley lo permite, también puede ejercerse el derecho en períodos posteriores dentro del plazo disponible.
Caso 1. Factura recibida en marzo y registrada en abril antes de presentar
Una empresa recibe un servicio el 25 de marzo de 2026. El proveedor emite la factura ese día y la empresa la recibe el 27 de marzo. Administración la incorpora al libro del primer trimestre el 8 de abril, antes de presentar el modelo 303 de ese período en plazo.
Los importes son:
- Base imponible: 1.000 euros.
- IVA al 21 %: 210 euros.
- Total: 1.210 euros.
Este supuesto aparece con frecuencia entre las consultas sobre facturas recibidas tarde, aunque la recepción se produjo dentro del trimestre. El retraso afecta a la gestión interna del documento.
La empresa puede deducir los 210 euros en el primer trimestre de 2026, porque ya había recibido la factura en marzo, el IVA estaba devengado y la anotación se completa correctamente para esa liquidación antes de presentarla.
Al revisar estas facturas recibidas tarde, no debe confundirse introducir datos el 8 de abril con afirmar que la factura se recibió en abril. Tampoco hay que modificar las fechas reales para justificar su inclusión.
Si el resultado del primer trimestre, antes de incorporar esta cuota, era de 2.700 euros a ingresar, la deducción lo reduciría a 2.490 euros, suponiendo que no cambie ningún otro dato.
La decisión sobre estas facturas recibidas tarde se apoya en el correo de recepción de marzo, el registro correspondiente y la comprobación de que el modelo 303 todavía estaba pendiente de presentación.
Caso 2. Factura de marzo recibida por primera vez en abril
La misma empresa recibe otro servicio el 28 de marzo de 2026. La factura se expide el 31 de marzo, pero llega por primera vez el 6 de abril. Se registra el 8 de abril.
Sus importes son:
- Base imponible: 2.000 euros.
- IVA al 21 %: 420 euros.
- Total: 2.420 euros.
Estas facturas recibidas tarde tienen una diferencia decisiva respecto al caso anterior: la empresa no disponía del documento durante el primer trimestre.
Los 420 euros pueden deducirse en el segundo trimestre de 2026, o en uno posterior dentro del plazo legal. Que el plazo de presentación del primer trimestre siga abierto en abril no convierte una recepción de abril en una recepción de marzo.
La AEAT aplica este criterio incluso cuando la factura llega años después de la compra: la deducción se realiza en el período de recepción o en los siguientes, respetando el plazo de caducidad. AEAT: factura recibida después de la compra.
Para estas facturas recibidas tarde no corresponde rectificar el primer trimestre simplemente porque la operación se realizó en marzo. El documento no se había recibido en ese período.
Si el segundo trimestre tenía un resultado previo de 1.800 euros a ingresar, la incorporación de esta cuota lo reduciría a 1.380 euros, manteniéndose iguales los demás datos.
La comparación entre ambos casos demuestra por qué las facturas recibidas tarde necesitan conservar la fecha de recepción: las dos se registran el 8 de abril, pero pueden deducirse en trimestres distintos.
Caso 3. Factura recibida en diciembre y olvidada hasta julio
La empresa recibe un servicio y su correspondiente factura en diciembre de 2025. El servicio se presta el día 15, la factura se expide ese mismo día y llega el 16. Sin embargo, queda fuera del circuito administrativo y se entrega a la asesoría el 10 de julio de 2026.
La revisión confirma que no se había registrado ni deducido. Se incorpora al libro el 13 de julio para incluirla en el tercer trimestre de 2026.
- Base imponible: 3.000 euros.
- IVA al 21 %: 630 euros.
- Total: 3.630 euros.
Este supuesto también suele describirse como facturas recibidas tarde, pero técnicamente la empresa recibió el documento en diciembre. Lo que llegó tarde fue su traslado a quien prepara los impuestos.
La empresa puede ejercer la deducción de los 630 euros en el tercer trimestre de 2026, una vez registrada la factura y comprobados los requisitos. No está obligada a rectificar el cuarto trimestre de 2025 por el mero hecho de que el documento tenga esa fecha.
En estas facturas recibidas tarde, el plazo general se cuenta desde el nacimiento del derecho, que en el ejemplo se vincula al devengo del 15 de diciembre de 2025. El registro de julio no abre un nuevo plazo de cuatro años.
Si el resultado previo del tercer trimestre era de 2.200 euros a ingresar, la deducción lo reduciría a 1.570 euros, sin otros cambios.
Al revisar facturas recibidas tarde de otro ejercicio, el tratamiento del gasto contable y de los impuestos sobre la renta debe analizarse separadamente. Deducir el IVA en 2026 no significa que el gasto deba imputarse automáticamente a ese mismo año.
Qué ocurre si el modelo 303 ya está presentado
Las facturas recibidas tarde no obligan, por sí solas, a modificar una autoliquidación anterior. La primera pregunta es si se está ante una cuota pendiente de deducir o ante una deducción que ya se practicó incorrectamente.
Cuota que todavía no se ha deducido
Si se cumplen los requisitos, las facturas recibidas tarde pueden incorporarse a una autoliquidación posterior dentro del plazo legal. Deben registrarse correctamente y comprobarse contra los libros y las declaraciones anteriores.
La posibilidad de deducir en períodos sucesivos está prevista expresamente en la Ley del IVA y en las instrucciones de la AEAT. Por eso, dejar una cuota pendiente no equivale siempre a haber presentado una declaración que necesariamente deba rectificarse. AEAT: cómo se efectúa la deducción.
Cuota deducida antes de recibir la factura
Si las facturas recibidas tarde ya se incluyeron en un trimestre anterior sin disponer del justificante necesario, debe revisarse esa autoliquidación. Registrar el documento después no permite dar por subsanado automáticamente el período en que se ejerció la deducción.
Cuando proceda corregir un modelo 303 de 2026, la vía general es la autoliquidación rectificativa, con las excepciones previstas. La AEAT aplica este sistema a las declaraciones trimestrales desde el tercer trimestre de 2024. AEAT: autoliquidación rectificativa del modelo 303.
La revisión de las facturas recibidas tarde debe evitar que una misma cuota permanezca deducida en el período inicial y vuelva a incluirse en otro posterior.
Cuánto tiempo tienes: el plazo no empieza al registrar
En las facturas recibidas tarde, la regla general de cuatro años se vincula al nacimiento del derecho a deducir. No debe contarse automáticamente desde el correo recibido, la carga en el programa o la entrega a la asesoría.
Tampoco equivale a disponer siempre de cuatro ejercicios completos desde el siguiente enero. Para documentos antiguos deben comprobarse el devengo y la fecha límite concreta, sin esperar al cierre anual por defecto.
La AEAT recuerda que encontrar una factura extraviada no reinicia el plazo: si ya ha caducado el derecho conforme a la regla aplicable, el simple hallazgo no permite deducirla. AEAT: nacimiento y caducidad del derecho a deducir.
Por ello, las facturas recibidas tarde con varios años de antigüedad deben revisarse antes de posponerlas al siguiente trimestre. Hay situaciones especiales que requieren estudiar el cómputo individualmente, pero un retraso administrativo interno no renueva el derecho.
Qué pruebas permiten justificar el trimestre elegido
Las facturas recibidas tarde deberían conservarse junto a una explicación documental sencilla. El objetivo es poder reconstruir la operación y comprobar que la cuota se ha deducido una sola vez.
| Documento o dato | Qué ayuda a comprobar |
|---|---|
| Factura completa | Emisor, destinatario, número, fechas e importes |
| Correo original o evidencia de entrega | Primera recepción acreditable por la empresa |
| Albarán, contrato o parte de servicio | Fecha de la operación y circunstancias del devengo |
| Anotación en el libro de facturas recibidas | Registro y período con el que se relaciona |
| Modelos 303 y detalle de cuotas anteriores | Si la deducción ya se había ejercitado |
| Nota interna de revisión | Motivo del retraso y criterio aplicado |
Para las facturas recibidas tarde, conservar únicamente un correo reenviado en julio puede ocultar que el documento original llegó en diciembre. Siempre que sea posible, debe mantenerse el mensaje inicial o una evidencia equivalente.
La revisión de las facturas recibidas tarde también debe separar las fechas acreditadas de las estimadas. Si no se conoce con certeza cuándo llegó el documento, conviene investigar los canales de recepción y solicitar al proveedor los justificantes disponibles.

Cómo trasladarlas al cierre trimestral
Una relación específica de facturas recibidas tarde permite decidir su tratamiento antes de preparar el modelo 303. Puede gestionarse en el propio programa o mediante un control auxiliar conectado con el libro registro.
El proceso puede organizarse así:
- Identificar la factura por proveedor, número y ejercicio.
- Comprobar expedición, operación y primera recepción.
- Revisar si ya figura en los libros y si su cuota se dedujo.
- Verificar que el derecho continúa dentro de plazo.
- Registrar el documento y determinar el período de deducción.
- Contrastar el resultado con el modelo 303 antes de presentarlo.
Cuando las facturas recibidas tarde se registran pero se deducirán después, debe quedar identificada esa circunstancia. La AEAT contempla información específica sobre deducción en período posterior en sus formatos de libros registro. AEAT: libro registro de facturas recibidas y deducción posterior.
El seguimiento de las facturas recibidas tarde debe terminar con un período de deducción identificado. Una carpeta de documentos pendientes, sin referencia a los libros ni a las declaraciones, no permite saber qué cuotas siguen disponibles.
Cuándo cambia este análisis
Las facturas recibidas tarde requieren una revisión específica cuando intervienen reglas que modifican el nacimiento del derecho, la documentación o los plazos de registro.
Operaciones afectadas por el criterio de caja
En este régimen, la deducción se vincula al pago total o parcial, por lo efectivamente satisfecho, o al 31 de diciembre del año siguiente al de la operación si no se ha pagado. Esto también afecta al destinatario de una operación sometida al régimen, aunque él no haya optado por aplicarlo.
Por tanto, en esas facturas recibidas tarde deben revisarse también los pagos. La fecha de recepción no basta para decidir el trimestre. AEAT: deducción en el régimen especial del criterio de caja.
SII, concurso o actuaciones de comprobación
Las facturas recibidas tarde de una empresa incluida en el SII deben cumplir sus plazos específicos de suministro de registros. Los ejemplos de cierre trimestral anteriores no sustituyen esas obligaciones.
Si existe concurso de acreedores o un requerimiento o actuación inspectora, el artículo 99 contiene reglas específicas sobre las cuotas pendientes y su registro. También deben analizarse por separado las facturas rectificativas y las operaciones con inversión del sujeto pasivo. BOE: ejercicio del derecho a deducir.
En Allges revisamos las facturas recibidas tarde comparando el documento, las evidencias de recepción, los libros y las autoliquidaciones presentadas. Así podemos determinar el trimestre de deducción y valorar si procede incorporar una cuota pendiente o corregir una declaración anterior.
FAQ´s
¿Puedo deducir en el primer trimestre una factura de marzo recibida en abril?
En el supuesto ordinario, no. Las facturas recibidas tarde que llegan por primera vez en abril pueden deducirse desde el segundo trimestre, si cumplen los requisitos, o en períodos posteriores dentro del plazo legal.
¿Registrar una factura en abril obliga a deducirla en el segundo trimestre?
No necesariamente. En las facturas recibidas tarde debe comprobarse cuándo se recibieron y a qué liquidación corresponde la anotación. El primer caso muestra una factura recibida en marzo y registrada durante su cierre, antes de presentar el 303 en plazo.
¿Tengo que rectificar el trimestre anterior si olvidé entregar una factura?
No de forma automática. Las facturas recibidas tarde o entregadas tarde a la asesoría pueden permitir una deducción posterior, siempre que no se haya ejercido antes, se cumplan los requisitos y no haya caducado el derecho.
¿Los cuatro años empiezan cuando la asesoría recibe el documento?
No. En las facturas recibidas tarde, el plazo general se cuenta desde el nacimiento del derecho a deducir, normalmente vinculado al devengo. La entrega a la asesoría no reinicia ese plazo.
¿Puedo deducir en 2026 una factura emitida en 2025?
Sí, puede ser posible. Las facturas recibidas tarde de otro ejercicio no pierden automáticamente su deducibilidad al cambiar el año. Deben revisarse la recepción, el registro, el plazo y la ausencia de una deducción previa.


