Como sabes, hay normativa que depende del Gobierno, y el ámbito de aplicación es nacional. Pero también existe normativa de aplicación autonómica o local. Así que nosotros te vamos a explicar, más concretamente, cuáles son las deducciones que se aplican específicamente por Comunidad Autónoma, y cómo puedes salir beneficiado si vives en alguna de ellas. Vamos a explicarte las deducciones en Andalucía, si vives aquí y crees que puedes acogerte a alguna de ellas, sigue leyendo ¡Te lo contamos todo!

Deducciones en Andalucía

Los vecinos andaluces van a poder aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.
Se trata de una deducción del 5% sobre las cantidades pagadas durante el año por adquirir o rehabilitar una vivienda que será la residencia habitual del contribuyente.
Para poder aplicarla, se exige, al menos, uno de estos requisitos al cabo del año fiscal:
- Que la vivienda sea de protección oficial en Andalucía.
- Que el comprador tenga menos de 35 años. En el supuesto de tributación conjunta, sería suficiente con que lo cumpla uno de los miembros.
- Que la suma de las bases imponibles (general y del ahorro) no supere:
- 25.000€ en la declaración individual.
- 30.000€ en la declaración conjunta.
Una vez cumples con alguno de esos requisitos ya mencionados te preguntarás: ¿Cuál es la base máxima de deducción? Te lo contamos. Será de hasta 9.040€ por las cantidades invertidas, incluyendo gastos asociados a la compra o rehabilitación, intereses hipotecarios, y otros costes financieros.
Además, queremos que tengas en cuenta otras condiciones que son importantes, y deberás tener en cuenta si quieres añadir esta deducción autonómica en tu declaración.
- Si hubo divorcio o separación, podrás seguir aplicando la deducción si la vivienda sigue siendo la habitual de los hijos y del progenitor custodio.
- No podrás deducir una vivienda si las inversiones no superan lo ya deducido por la anterior.
- Si se diera el caso de reinversión de una ganancia exenta por venta de la vivienda habitual, la base de deducción de la nueva se reduce en esa ganancia.
- Las obras de rehabilitación deben cumplir con los criterios del IRPF estatal vigente a 31/12/2012. Se aceptan especialmente las subvencionadas o aquellas que afecten estructuralmente al inmueble (si superan el 25% del valor de compra o mercado de la vivienda sin contar el suelo).
Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual
En este caso, la deducción es del 15% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual.
¿Cuál es el límite máximo?
- 600€ anuales, con carácter general.
- 900€ anuales, cuando el contribuyente tenga reconocida una discapacidad (incluyendo incapacidades judiciales previas al 1/1/2022 que impliquen al menos un 65%).
Evidentemente, existen condiciones en cuanto a quién pueden aplicar esta deducción.
Pues bien, solo los contribuyentes que cumplan estos requisitos al final del año fiscal podrán aplicarla:
- Tener menos de 35 años.
- Tener más de 65 años.
- Ser víctima de violencia doméstica o terrorismo, o persona afectada por estas situaciones.
- En el caso de declaración conjunta, basta con que uno de los cónyuges o progenitor (para familias monoparentales) cumpla con los requisitos.
Pero los requisitos no acaban aquí, en la normativa existen algunas condiciones más que son necesarias:
- La suma de las bases imponibles (general + ahorro) no puede superar:
- 25.000€ anual en declaración individual.
- 30.000€ anual en declaración conjunta.
- El arrendador debe estar identificado con su NIF en la declaración.
- Solo se podrá aplicar la deducción si el contribuyente es el titular del contrato de alquiler, y es quien efectivamente paga el mismo.
A continuación, te vamos a explicar tres supuestos que existen denominados como casos especiales dentro de esta normativa:
- En matrimonios, solo puede deducir quién figure como arrendatario en el contrato de alquiler.
- Si hay varios contribuyentes con derecho, cada uno aplica la deducción sobre lo que ha pagado, hasta llegar a su propio límite.
- En el caso de tributación conjunta, el límite es de 600€ o 900€ si hay discapacidad en algunos de los miembros.
Por último, una pregunta frecuente: ¿Es compatible esta deducción con otra?
Sí, pero con un pequeño matiz. Podrás aplicar esta deducción junto con la de inversión de vivienda habitual, pero ambas deben cumplir el requisito e haber sido la residencia habitual durante 3 años.
Claramente, existen muchas más deducciones que te puedes aplicar. Si quieres saber más, ponte en contacto con nosotros.