Antes de darse de alta como autónomo, es muy importante tener en cuenta los plazos, hay que solicitar el alta antes de iniciar la actividad. En todo caso se puede tramitar con una antelación máxima de 60 días. Si ya has empezado a trabajar por cuenta propia, debes comunicarlo pero ya se consideraría realizada fuera de plazo.
¿Qué necesitas para darte de alta como autónomo?
- CÓDIGO DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE): Necesitarás seleccionar el epígrafe del IAE correspondiente a la actividad económica que vas a desarrollar. Este código lo utilizarás para identificarte fiscalmente.
- CÓDIGO DE ACTIVIDAD CNAE: El CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) es obligatorio para definir el tipo de actividad, excepto en el caso de los religiosos. La Seguridad Social asignará automáticamente este código según tu actividad.
- FECHA DE INICIO Y DOMICILIO DE ACTIVIDAD: Indicarás la fecha en que inicias tu actividad y el domicilio fiscal o el lugar donde desarrollarás la actividad.
- EVALUAR TUS RENDIMIENTOS NETOS: Deberás estimar tus rendimientos netos anuales, es decir, tus ingresos menos los gastos deducibles. Esto te ayudará a elegir la base de cotización adecuada para tu actividad.
- ELEGIR LA BASE DE COTIZACIÓN Y BENEFICIOS APLICABLES: Durante el proceso de alta, seleccionarás la base de cotización. Esta base determinará la cuota mensual que pagarás, y a su vez, influirá en las prestaciones que recibirás (como la jubilación, baja por enfermedad, etc.).
- SELECCIONAR LA MUTUA COLABORADORA: Deberás elegir una Mutua colaboradora con la Seguridad Social que cubrirá tus riesgos profesionales, como las bajas por enfermedad o accidente. También podrás escoger las coberturas adicionales si es necesario.
- CUENTA BANCARIA PARA DOMICILIAR LA CUOTA: Necesitarás una cuenta bancaria en la que domiciliar las cuotas mensuales. Si no eres el titular de la cuenta, será necesario proporcionar el documento de identificación del titular y contar con su autorización expresa.

¿A quién va dirigido?
Deben darse de alta como autónomo las personas que vayan a realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia, y además tienen 18 años o más, son españoles residente en España, o extranjero con permiso de trabajo.
¿En qué situación se aplica?
Las personas están obligadas a darse de alta como autónomos si van a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que la actividad genere. Si desempeñas varis actividades por tu cuenta, sólo tienes que darte de alta una vez.
¿Cuánto cuesta?
Al darse de alta en la Seguridad Social, estás obligado a pagar una cuota mensual. El mayor importe de la base de cotización condiciona la cuantía de tus prestaciones, es decir, a mayor base, mayor será la prestación que recibirás.
¿Cómo calcular el promedio mensual de mis rendimientos?
Se tendrá en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades realizadas como trabajador por cuenta propia, a los que hay que sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social.
El cálculo de estos rendimientos netos se realizará según lo previsto en la normativa sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y con algunas especialidades en función de si perteneces a colectivos como por ejemplo socios mercantiles.
A estos rendimientos netos, y siempre que hayas estado de alta en el régimen especial de autónomos 90 días, se aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que en el caso de socios mercantiles se reduce a un 3%.
Información sobre altas fuera de plazo
Si te das de alta después de empezar a trabajar, se considerará que la fecha de alta es el primer día de ese mes, y pagarás la cuota del mes completo.
Si se tramita el alta después de 30 días desde que se inicia la actividad , hay que solicitar el alta enviando una solicitud.
Es importante tener en cuenta, que darse de alta como autónomo es obligatorio.
Si no lo haces a tiempo, para tener derecho a las prestaciones, habrá que ingresar las cuotas completas desde el inicio de la actividad con un recargo.
Dar el paso para convertirte en autónomo es una decisión importante que implica no solo ilusión y ganas de emprender, sino también una serie de gestiones administrativas que pueden resultar complejas si no cuentas con la orientación adecuada. En nuestra asesoría, ALLGES te acompañamos en todo el proceso de alta como autónomo: desde la elección del epígrafe correcto, el alta en Hacienda y la Seguridad Social, hasta la configuración fiscal y contable que mejor se adapte a tu actividad. No estás solo en este camino. Ya has dado el primer paso al informarte.
Ahora, deja que un equipo profesional te asesore con cercanía, eficacia y total transparencia.
¿Listo para empezar con buen pie tu nueva etapa profesional?