Cuando hablamos de procedimientos fiscales en España, es fundamental conocer las diferencias entre inspección revisión y comprobación. Estos tres conceptos, aunque relacionados con el control tributario, tienen características, alcances y consecuencias muy diferentes que todo empresario y autónomo debe comprender.
¿Qué es una inspección fiscal?
La inspección fiscal es el procedimiento más exhaustivo y completo que puede llevar a cabo la Administración Tributaria. Se trata de una investigación profunda y sistemática de la situación fiscal del contribuyente, donde los inspectores tienen amplias facultades para examinar documentación, realizar comprobaciones y verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
✅Características de la inspección:
- Duración: Puede extenderse hasta 18 meses, prorrogables en casos excepcionales
- Alcance: Revisión integral de todos los aspectos fiscales del contribuyente
- Facultades: Los inspectores pueden acceder a locales, examinar documentos, solicitar información a terceros
- Inicio: Se inicia mediante comunicación formal al contribuyente
- Resultado: Puede derivar en actas de conformidad, disconformidad o con acuerdo
Durante una inspección, la Hacienda Pública puede revisar múltiples ejercicios fiscales simultáneamente y examinar todos los impuestos que afecten al contribuyente. Es importante destacar que durante este proceso, el contribuyente tiene derecho a estar asistido por un asesor fiscal especializado.
La revisión fiscal: Un procedimiento intermedio
La revisión fiscal se sitúa en un punto intermedio entre la inspección y la comprobación. Este procedimiento se caracteriza por ser más específico y limitado en su alcance, centrándose generalmente en aspectos concretos de la declaración o en períodos determinados.
✅Aspectos clave de la revisión:
- Enfoque específico: Se centra en elementos particulares de la declaración
- Menor duración: Generalmente más breve que una inspección completa
- Documentación: Requiere la aportación de documentos específicos relacionados con el punto revisado
- Comunicación: Se inicia mediante requerimiento específico de la Administración
La revisión puede surgir como consecuencia de discrepancias detectadas en las declaraciones, cruces de información con terceros, o como seguimiento de actuaciones anteriores. A diferencia de la inspección, su alcance está más delimitado desde el inicio del procedimiento.
Comprobación fiscal: El procedimiento más básico
La comprobación fiscal es el procedimiento más sencillo y limitado de los tres. Se trata de verificaciones puntuales que realiza la Administración Tributaria sobre aspectos muy específicos de las declaraciones presentadas.
✅Características de la comprobación:
- Alcance limitado: Se centra en datos concretos o aspectos muy específicos
- Rapidez: Es el procedimiento más ágil de los tres
- Documentación mínima: Requiere documentación específica y limitada
- Resolución rápida: Generalmente se resuelve en plazos cortos
Las comprobaciones suelen originarse por discrepancias menores, errores aritméticos, o cuando la Administración necesita aclarar datos específicos de la declaración. Son muy comunes en el IRPF cuando hay diferencias entre los datos declarados y la información que posee Hacienda.
Diferencias entre inspección revisión y comprobación
Alcance y profundidad
- Inspección: Revisión integral y exhaustiva
- Revisión: Enfoque específico en aspectos determinados
- Comprobación: Verificación puntual de datos concretos
Duración del procedimiento
- Inspección: Hasta 18 meses (prorrogables)
- Revisión: Duración intermedia, variable según el caso
- Comprobación: Procedimiento más rápido
Facultades de la administración
- Inspección: Amplias facultades investigadoras
- Revisión: Facultades limitadas al objeto específico
- Comprobación: Facultades muy restringidas
Documentación requerida
- Inspección: Toda la documentación contable y fiscal
- Revisión: Documentación relacionada con el aspectos revisado
- Comprobación: Documentos específicos muy concretos
Derechos del contribuyente en cada procedimiento
Independientemente del tipo de procedimiento, los contribuyentes mantienen una serie de derechos fundamentales:
Derecho a la información
Conocer en todo momento el estado del procedimiento y los hechos que se están investigando.
Derecho a la asistencia
Estar acompañado por un asesor fiscal durante todas las actuaciones.
Derecho a la defensa
Presentar alegaciones y aportar documentación que considere relevante.
Derecho al plazo
Los procedimientos deben desarrollarse dentro de los plazos legalmente establecidos.
Cómo prepararse para cada procedimiento
Ante una inspección
- Organizar toda la documentación contable y fiscal
- Contactar inmediatamente con un asesor fiscal especializado
- Preparar un plan de actuación detallado
- Revisar posibles contingencias fiscales
Ante una revisión
- Identificar el aspecto específico objeto de revisión
- Recopilar la documentación relacionada
- Analizar las posibles discrepancias
- Preparar las alegaciones pertinentes
Ante una comprobación
- Localizar la documentación específica requerida
- Verificar la corrección de los datos
- Preparar las aclaraciones necesarias
- Responder en los plazos establecidos
Consecuencias y resultados posibles
Los tres procedimientos pueden tener diferentes desenlaces:
Resultados favorables
- Conformidad con lo declarado
- Archivo del procedimiento
- Reconocimiento de devoluciones
Resultados desfavorables
- Liquidaciones complementarias
- Sanciones por infracciones detectadas
- Recargos e intereses de demora
La importancia del asesoramiento profesional
Enfrentarse a cualquiera de estos procedimientos sin el apoyo adecuado puede resultar costoso y problemático. Un asesoramiento fiscal especializado no solo garantiza el cumplimiento de los derechos del contribuyente, sino que también optimiza las posibilidades de obtener un resultado favorable.
En ALLGES, entendemos la complejidad de estos procedimientos y ofrecemos el apoyo necesario para que nuestros clientes puedan afrontarlos con garantías. Nuestro equipo de expertos fiscales está preparado para acompañarte en cualquier tipo de actuación administrativa, desde la más simple comprobación hasta la inspección más compleja.
La clave está en la preparación, el conocimiento de los derechos y la asistencia profesional adecuada. Conocer las diferencias entre inspección, revisión y comprobación es el primer paso para afrontar con éxito cualquier requerimiento de la Agencia Tributaria.