Si eres autónomo o tienes una pequeña empresa, seguramente hayas oído hablar del Modelo 111.
Pero ¿sabes exactamente qué es, quién está obligado a presentarlo y en qué fechas?
Desde Allges te lo explicamos de forma clara y práctica.
¿Qué es el Modelo 111?

El Modelo 111 es una declaración trimestral, que sirve para liquidar las retenciones del IRPF de los gastos que incluyan las nóminas de los trabajadores, las facturas con retenciones de los profesionales autónomos o determinadas actividades económicas.
Es decir, es un pago a cuenta que hacen los autónomos y las entidades empresariales a Hacienda, cada 3 meses.
Y también, cuando pagas a alguien y le retienes el IRPF, debes ingresar ese dinero retenido a la Agencia Tributaria haciendo uso del Modelo 111.
Con el Modelo 111 se puede abonar de forma fraccionada, de forma que, al llegar la declaración anual (Modelo 190), podrás descontar, lo que ya se ha abonado, del total a pagar.
¿Quién tiene que presentar el Modelo 111?
El Modelo 111, a presentar a la AEAT, es obligatorio para las empresas y autónomos que:
- Tengan empleados en plantilla con nómina.
- Contraten servicios de otros profesionales y que estos les hagan una factura, aplicando en estas mismas la retención del IRPF correspondiente.
- Ganen un concurso, sorteo, juego o premio.
- Obtengan ganancias patrimoniales por aprovechar montes públicos.
- Consigan ingresos por ceder los propios derechos de imagen.
Además es importante tener en cuenta que al darte de alta en la actividad económica, con los modelos 036 y 037, se debe notificar la obligatoriedad de presentar el Modelo 111.
Ejemplo:
Si pagas a un freelance una factura de 1.000€ con un 15% de retención, tú tan solo le pagas 850€, pero los 150€ restantes debes ingresarlos en Hacienda con el Modelo 111.
¿Cuándo hay que presentar el Modelo 111?
Este modelo se presenta de forma trimestral, salvo que estés obligado a hacerlo de forma mensual. Concretamente este modelo se debe entregar a Hacienda en los primeros 20 días naturales del mes que corresponda.
En la siguiente tabla se detalla:
Periodo de presentación | Plazo de presentación |
---|---|
Primer trimestre | del 1 al 20 de Abril |
Segundo trimestre | del 1 al 20 de Julio |
Tercer trimestre | del 1 al 20 de Octubre |
Cuarto trimestre | del 1 al 20 de Enero (del año siguiente) |
Si lo presentas mensualmente (grandes empresas o REDEME), es del 1 al 20 de cada mes.
También, a comienzos de cada año, se tiene que presentar la declaración anual del IRPF con el Modelo 190 (plazo del 1 al 30 de enero).
¿Cómo se presenta el Modelo 111?
Hay dos formas para presentar el Modelo 111 a la AEAT:
- Telemática: cumplimentando el documento que aparece en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, al que se accede previamente con el certificado digital, firma electrónica o la Cl@ve.
- Presencial: cumplimentando el documento, tras haberlo descargado en la página web de la AEAT y entregándolo en una entidad colaboradora.
Es importante disponer de todos los datos correctamente registrados, como los nombres, NIFs, tipos de retención, cantidades retenidas, etc.
¿Qué pasa si no presentas el Modelo 111?
No presentarlo o presentarlo fuera de plazo puede acarrearte:
Sanciones económicas

Recargos e intereses

Problemas en caso de inspección fiscal

El Modelo 111 es esencial para cumplir con tus obligaciones fiscales cuando pagas a profesionales o trabajadores. Es fácil de presentar si llevas un buen control contable, pero omitirlo puede generarte sanciones.
¿Te ayudamos a gestionar tus impuestos? En Allges ayudamos a autónomos y empresas.
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