El Boletín Oficial del estado (BOE) ha publicado recientemente un real decreto que introduce una reforma en el acceso a la jubilación anticipada para determinados grupos profesionales. La nueva normativa entrará en vigor el 17 de Junio de 2025 y establece un marco más amplio para que trabajadores de sectores especialmente exigentes puedan retirarse antes de la edad legal sin penalizaciones económicas.

¿Qué establece la reforma?
El objetivo principal es ampliar el acceso a la jubilación anticipada a profesionales dónde el desempeño laboral sea excepcionalmente penoso, tóxico, peligroso o insalubre. Esto aplica tanto a trabajadores del sector público como del privado.
Indicadores objetivos para el reconocimiento
Para evaluar qué profesionales pueden beneficiarse, se utilizarán tres indicadores:
- Incidencia, persistencia y duración de los procesos de incapacidad temporal.
- Declaraciones de incapacidad permanente.
- Tasas de mortalidad en el ejercicio de la profesión.
Requisitos para los trabajadores
Para poder acogerse a esta jubilación anticipada, se requiere:
- Haber trabajado al menos 15 años en el sector correspondiente.
- Estar en activo en el momento de cumplir la edad mínima fijada para la jubilación anticipada.
- La edad mínima para jubilarse anticipadamente será de 52 años, aunque el decreto no define una edad concreta para cada profesión: será determinado caso por caso por la Seguridad Social.
¿Cómo se solicita?
La iniciativa para solicitar el reconocimiento de una profesión como susceptible de jubilación anticipada corresponde a:
- Sindicatos y patronales representativos del sector.
- Organizaciones representativas de autónomos (ATA, UPTA, UATAE).
- La propia Seguridad Social, de oficio.
No se admiten solicitudes individuales. Además, debe haber consenso entre empresarios y trabajadores, ya que las empresas deberán asumir un sobrecoste en forma de sobrecotización a lo largo de la vida laboral de los empleados.
Una vez presentada la solicitud, el procedimiento de evaluación tiene un plazo máximo de seis meses. Si la administración no responde en ese tiempo, se considerará denegada por silencio administrativo.
¿Qué sectores podrían verse beneficiados?
Aunque el real decreto no menciona profesiones concretas nuevas, algunos sectores han expresado públicamente su intención de solicitar el acceso, como:
Transporte por carretera
Construcción
Camareras de piso
Actualmente, ya cuentan con acceso a jubilación anticipada sectores como:
Minería
Artistas
Bomberos
Personal de vuelo en trabajos aéreos
Trabajadores ferroviarios
Profesionales taurinos
Fuerzas de seguridad autonómicas y locales
Este resumen tiene como propósito informar de forma clara y basa exclusivamente en la normativa publicada. Si deseas consultar el texto completo del real decreto, puedes hacerlo a través de la página oficial del BOE ➡️.
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