¿Qué tipo de empresa te conviene más?
A la hora de emprender, una de las decisiones más importantes es elegir la forma jurídica de tu negocio. No se trata solo de un trámite legal, también involucra aspectos clave como el reparto de beneficios, la toma de decisiones o incluso el espíritu de la empresa. A continuación te explicamos de forma clara y sencilla las diferencias entre sl y cooperativa, las dos formas jurídicas más comunes.
La Sociedad Limitada es una de las formas jurídicas más utilizadas por emprendedores y pequeñas empresas. Es una entidad con personalidad jurídica propia, donde el capital social está dividido en participaciones, y los socios únicamente responden hasta el límite de su capital aportado.
Ventajas principales:
- Responsabilidad limitada: Los socios no ponen en riesgo su patrimonio personal.
- Flexibilidad en la gestión: Se puede adaptar a negocios pequeños o medianos.
- Tributación clara: Está sujeta al Impuesto de Sociedades (25% tipo general), lo que permite cierta planificación fiscal.
Requisitos básicos:
- Capital mínimo de 3.000 € (puede aportarse en bienes o dinero)
- Uno o varios socios (puede constituirse por una sola persona, como SL unipersonal)
- Escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.

¿Qué es una cooperativa?

La cooperativa es una sociedad formada por personas que se asocian voluntariamente para satisfacer necesidades comunes. La gran diferencia con una SL está en el modelo de gestión: en una cooperativa, el protagonismo lo tienen los socios-trabajadores, y las decisiones se toman de forma democrática (una persona, un voto).
Ventajas principales:
- Gestión democrática: Todos los socios tienen voz y voto por igual, independientemente del capital aportado.
- Fomento de la economía social: Su objetivo no es solo el beneficio económico, sino también el bienestar de sus miembros.
- Apoyo institucional: Suelen contar con incentivos fiscales, subvenciones y apoyo del Estado o las comunidades autónomas.
Requisitos básicos:
- Número mínimo de socios: suele ser tres personas físicas (varía según la comunidad autónoma).
- Capital variable: se fija en los estatutos, pero no hay una cantidad mínima obligatoria a nivel nacional.
- Inscripción en el registro de cooperativas correspondiente.
Principales diferencias entre SL y cooperativa.
Aspecto | Sociedad Limitada | Cooperativa |
---|---|---|
Nº mínimo de socios | 1 | Generalmente 3 |
Capital mínimo | 3.000 € | Variable (según estatutos) |
Responsabilidad | Limitada al capital aportado | Limitada al capital aportado |
Toma de decisiones | Proporcional al capital aportado | Democrática (una persona, un voto) |
Finalidad | Lucrativa | Social económica |
Reparto de beneficios | Según participación | Según actividad y/o acuerdos sociales |
Fiscalidad | Impuesto de Sociedades | Régimen fiscal especial en algunos casos. |
¿Cuál te conviene más?
La elección entre SL y cooperativa depende de varios factores:
- ¿Eres tú solo o sois un grupo? Si vas a emprender en solitario o como un socio inversor, la SL puede ser más ágil. Si sois un grupo de personas con un proyecto común y valores compartidos, la cooperativa cobra más sentido.
- ¿Qué tipo de gestión quieres? Si prefieres una estructura más jerárquica y orientada al capital, la SL es la más adecuada. Si apuestas por la participación igualitaria y la implicación colectiva, opta por la cooperativa.
- ¿Buscas acceso a ayudas públicas? Las cooperativas suelen tener acceso a subvenciones específicas, lo que puede ser una ventaja interesante.
La SL y la cooperativa son dos formas jurídicas muy válidas, pero con enfoques muy diferentes. Elegir una u otra depende del tipo de proyecto que tengas en mente, del equipo con el que cuentes y del modelo de gestión que quieres implantar.
En Allges ayudamos cada día a emprendedores como tú a tomar decisiones estratégicas. Si estás pensando en montar tu propia empresa y no tienes claro qué forma jurídica elegir, te asesoramos desde el primer paso.